La Ley 2437 de 2024 representa un avance significativo en la regulación de los procesos de insolvencia empresarial en Colombia. Esta norma hace permanentes varios mecanismos creados durante la pandemia, ofreciendo a las empresas alternativas más ágiles para negociar con sus acreedores, reestructurarse o liquidarse de forma ordenada.
El 12 de diciembre de 2024, el Congreso de la República promulgó esta ley, a través de la cual se estableció como legislación permanente lo regulado en los decretos legislativos 560 y 772 de 2020, que en octubre de 2023 habían perdido vigencia como consecuencia de la decisión adoptada por la Corte Constitucional, en la sentencia C-390 de 2023.
En este contexto, Daniela Echeverri, Analista Jurídica de Recobros y Siniestros de Solunion Colombia, analiza en profundidad esta reforma, que busca garantizar la continuidad de compañías viables, preservar empleos y reforzar la confianza en el mercado. El contenido resulta especialmente útil para profesionales que trabajan en riesgos, recobros, siniestros o en la gestión de clientes con dificultades financieras.
Los cuatro pilares de la reforma
La Ley se estructura en torno a cuatro pilares fundamentales que recogen y consolidan los diferentes mecanismos de insolvencia:
1. Negociación de acuerdos de reorganización – NAR
A quién aplica | Deudores que buscan negociar con sus acreedores bajo reglas similares a la Ley 1116 de 2006. |
Duración | Máximo tres meses desde la admisión. |
Procedimiento | El deudor presenta calificación y graduación de créditos + propuesta de acuerdo. Audiencia única para resolver inconformidades y confirmar acuerdo. |
Resultado | Si se aprueba, el acuerdo tiene efectos de una reorganización ordinaria. Si fracasa, el deudor puede: (i) intentar un nuevo NAR dentro del año siguiente, o (ii) acudir al proceso ordinario de reorganización. |
2. Procedimientos de recuperación empresarial – PRE
A quién aplica | Empresas en insolvencia que acuden a las Cámaras de Comercio (centros de conciliación). |
Duración | Máximo tres meses. |
Procedimiento | Un mediador valida la información financiera, créditos y acuerdo propuesto. Si se aprueba, el acuerdo puede ser presentado para validación judicial.
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Resultado | El acuerdo validado judicialmente se extiende también a acreedores que votaron negativo o se abstuvieron. |
3. Reorganización abreviada para pequeñas insolvencias
A quién aplica | Deudores con activos ≤ 5.000 SMMLV. |
Duración | Entre seis meses y un año. |
Procedimiento | Reunión de conciliación de objeciones + presentación de plan de negocios y acuerdo. Audiencia única para resolver inconformidades y confirmar el acuerdo.
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Resultado | Si se aprueba, tiene los mismos efectos que un acuerdo de reorganización ordinario. Si no, se ordena liquidación judicial simplificada. |
4. Liquidación judicial simplificada para pequeñas insolvencias
A quién aplica | Deudores con activos ≤ 5.000 SMMLV. |
Duración | Entre seis meses y un año. |
Procedimiento | La Superintendencia de Sociedades designa un liquidador. Los acreedores presentan créditos en 10 días. Se validan objeciones y se venden activos. |
Resultado | Adjudicación de bienes respetando la prelación de créditos. El proceso termina con la aprobación de la rendición final de cuentas. |
La Ley 1116 de 2006: el marco que sigue vigente
El legislador, a través de esta nueva regulación, busca que las empresas puedan acudir a mecanismos más expeditos, que les permita de forma ágil y eficiente reestructurarse o liquidarse ordenadamente.
El espíritu de la Ley 2437 de 2024 es fortalecer el tejido empresarial, proteger las unidades productivas y los empleos, priorizar la continuidad de empresas viables y la generación de confianza entre los inversionistas y el mercado en general.
Dicho de otra manera, la norma busca que las compañías tengan opciones reales y prácticas para afrontar dificultades financieras, ya sea mediante la reorganización de sus deudas o, si no es posible, a través de un cierre ordenado que minimice los efectos negativos.
Desde la entrada en vigor de la Ley 2437 se ha observado que los procesos especiales que regula han tenido una amplia acogida entre las compañías deudoras reportadas como siniestros, consolidándose como una vía cada vez más utilizada para gestionar situaciones de insolvencia, un riesgo que puede extenderse en toda la cadena productiva.
Dicho esto, es importante tener presente que en lo no dispuesto en la Ley 2437 y siempre que sea compatible se debe aplicar de manera subsidiaria toda la reglamentación contenida en la Ley 1116 de 2006.